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Guía para el propietario. Arrendamiento de inmuebles para casa habitación

Noviembre 1 de 2022

Previo a la firma del contrato de arrendamiento

1. Para ofrecer tu inmueble en renta es indispensable que esté 100% funcional y que no presente vicios ocultos, esto en apego al Código Civil Federal.

2. El título de propiedad del inmueble a arrendar debe estar a nombre de la misma persona que firmará el contrato de arrendamiento, las cartas poder simples no son elemento suficiente para firmar un contrato de arrendamiento en sustitución del titular.

3. Si el titular no está en la entidad en la que se realizará el arrendamiento, pero sí está en México, actualmente existen dos opciones: poder notarial o bien la posibilidad de realizar una firma electrónica digital. (con base en los dispuesto en los artículos 1796 y 1803 del Código Civil Federal en relación con la Norma Oficial Mexicana NOM-151-SCFI-2016 publicada en el DOF el 30 de marzo del 2017.

4. Ante la sobre oferta de inmuebles en arrendamiento considera estos factores para que la renta de tu inmueble sea efectiva: fijar el precio adecuado con relación a la oferta vigente de inmuebles similares, es decir, necesitas elaborar un estudio de mercado, anunciar tu inmueble en portales especializados, tener disponibilidad de atender llamadas y visitas, contar con un cartel que te ayude a captar al mercado de la zona, sin embargo al contratar los servicios de intermediación de Capitia Asesor Patrimonial haremos todo esto por ti.

5. Es importante que conozcas los antecedentes legales del posible arrendatario y su aval, ya que es uno de las evidencias de buena fe que la ley Nacional de Extinción de Dominio (LNED) acepta en el caso de que tu inquilino cometa algún delito expresado en dicha ley, en este vínculo podrás solicitar la investigación de tu posible arrendatario. https://www.capitia.com.mx/servicios

6. Adicionalmente es necesario que corrobores la veracidad de los ingresos declarados, así como la autenticidad de los documentos presentados.

7. Por favor, nunca, nunca, recibas dinero para “apartar” el inmueble, sin saber de dónde y de quién proceden los recursos, además pedir anticipos va en contra del artículo 2426 del Código Civil Federal.

8. Considera que una vez realizada la investigación y que ésta haya sido favorable el probable inquilino tiene el derecho de revisar el título de propiedad para asegurarse que está firmando el contrato con el real propietario o con su representante legal.

9. Si lo crees conveniente puedes solicitar una entrevista con el posible arrendatario y su aval, contamos con una guía que puede serte de gran utilidad.

10. Si el probable inquilino es extranjero, deberás solicitar los documentos para residentes autorizados por la SRE.

11. También debes investigar qué tipo de póliza de arrendamiento te conviene, principalmente por estas dos razones:

       a. Porque debes estar cubierto ante la necesidad de un desalojo por falta de cumplimiento en el pago o de alguna de las cláusulas del contrato.

       b. Porque debes estar protegido contra la Ley Nacional De Extinción de Dominio (LNED) en el caso de que después de haber sido investigado y aprobado             tu inquilino cometa alguno de los delitos indicados en el Artículo 1, párrafo V de dicha Ley

12. Si quieres saber más de la función y alcance las pólizas de arrendamiento, contrata nuestros servicios, tenemos amplia experiencia en este tema.

13. Como arrendador puedes contratar un seguro de hogar, el cual va a proteger al inmueble y sus contenidos, así como gastos de responsabilidad civil, esto es conveniente para ti, porque si por alguna falla de las instalaciones eléctricas o sanitarias los muebles de tu inquilino se dañan o tu inmueble llegara a afectarse por algún desastre natural, el seguro cubrirá los gastos materiales del inmueble, así como el daño a terceros. Estos seguros son muy económicos y podemos ayudarte a contratarlo.

14. Si todo esto te parece una tarea en la que no tienes experiencia, contrata nuestros servicios, ahorrarás tiempo y dinero y rentarás tu inmueble de una forma segura. 15. Un buen asesor inmobiliario deberá ofrecerte todos los servicios aquí mencionados y formalizarlos a través de un contrato de servicios que firmarán tu como propietario o arrendador y el asesor inmobiliario.

Durante la firma y el tiempo que dure el contrato de arrendamiento

Algunas personas piensan que después de la firma del contrato lo único que tienen que hacer es revisar cada mes que el pago de la renta se haya realizado, sin embargo, el arrendamiento implica obligaciones durante su vigencia.

1. El Código Civil Federal (CCF) establece que el arrendamiento debe estipularse por escrito, de lo contrario se imputará al arrendador, por lo que no debes celebrar ningún arrendamiento previo a la firma de un contrato. En el momento de la firma del contrato el inquilino y su aval (en su caso) deberán presentar su identificación oficial vigente. Al final de la firma del contrato, deberán realizar un recorrido del inmueble para verificar y anotar las condiciones en el que el inmueble es entregado al inquilino por lo que será de gran utilidad firmar un inventario en el momento de la firma del contrato de arrendamiento. (artículo 2425 del CCF)

2. En conformidad al Código Civil Federal (artículos 2412, 2416), como arrendador tienes la obligación de mantener el inmueble totalmente funcional durante el periodo de arrendamiento, por lo que te corresponde realizar las reparaciones correspondientes a las instalaciones hidráulicas, eléctricas y sanitarias que no están a la vista.

3. El artículo 2416 de CFF protege los derechos de los inquilinos cuyos arrendadores no han realizado las reparaciones necesarias en su vivienda y, por lo tanto, su calidad de vida se ve afectada.

4. De igual forma, el arrendatario tiene la obligación de responder por desperfectos causados en el inmueble por su culpa o negligencia (artículo 2425 del CCF), por lo que el inventario firmado el día de la firma del contrato es de gran relevancia.

5. Es responsabilidad del inquilino reparar lo que por su uso fue dañado o gastado y lo que por error, negligencia o mala fe dañó. Tal es el caso de focos, empaques de llaves y en general refacciones de los muebles y artefactos contenidos en el inmueble. En cambio, corresponderá al propietario reparar todo aquellos considerado como parte de la infraestructura del inmueble, como es el caso de tuberías, cableado, drenaje, etc.

6. Es importante que las notificaciones y acuerdos de desperfectos en los inmuebles sea tratado directamente entre el arrendador y el arrendatario, ya que sólo a ellos compete la aceptación/negociación/rechazo de propuestas, evitando involucrar al asesor inmobiliario, esto es debido a que las figuras jurídicas del contrato de arrendamiento son el arrendador y el arrendatario.

7. La Ley Nacional de Extinción de Dominio dicta que para que tengas el derecho a defender tu propiedad en el caso de un juicio derivado por extinción de dominio, debes demostrar que estás pagando impuestos por ingresos en materia de arrendamiento, nosotros podemos ponerte en contacto con un especialista fiscal que te indicará la forma más conveniente de pagar impuestos por esos ingreos.

Pago de la renta

Es tu obligación revisar cada mes que el monto de la renta sea recibido en la fecha y en la cantidad acordada en el contrato, si por alguna razón el inquilino no realizó el pago en el periodo señalado y no te contactó previamente para llegar a un acuerdo, debes notificarlo de inmediato al despacho que emitió la garantía de arrendamiento o a tu abogado (según sea el caso), para iniciar cuanto antes las acciones de cobranza.

Si por alguna razón necesitas cambiar la forma de pago o la cuenta bancaria, deberás notificarlo al arrendatario o inquilino por escrito.

Por ningún motivo dejes al inquilino la tarea de pagar las cuotas de mantenimiento, porque si no lo hace, tu tendrás un gran problema. Los servicios que un inquilino debe pagar son: agua, luz, gas, más los servicios que por su cuenta contrate como es el caso de TV de paga o internet.

Los recibos de agua y luz siempre deberán estar a nombre del propietario.

Al finalizar el contrato de arrendamiento

Al término del contrato de arrendamiento es posible que tú y el arrendatario decidan renovar el contrato, es muy importante que acuerden los términos de renovación del contrato, así como la fecha probable de la firma, para evitarte el consumo de tiempo por las gestiones de renovación del contrato contrata nuestros servicios.

Si no quieres renovar el contrato y prefieres buscar otro inquilino, tenemos toda la experiencia para promover el arrendamiento de tu inmueble de forma segura y en apego a las leyes aplicables.

Finalmente, en la entrega del inmueble es importante que recibas un documento firmado por parte del Arrendatario en el que conste que no hay reclamos por su parte ni en lo presente, ni en lo futuro.

Explora todos nuestros servicios en www.capitia.com.mx nos encantará atenderte.

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